martes, 21 de junio de 2016

Ordenanza Nª 607 Escritura Traslativa Santiago Mugica

                                                



 Puerto Pirámides,  15 de Febrero de 2016

ORDENANZA Nº 607/16 C.D.P.P.

VISTO:
             La nota y el Proyecto de Ordenanza presentada por el Ejecutivo Municipal para la escrituración del lote 1 de la Manzana 29,  propiedad del Sr. Santiago Mugica.
CONSIDERANDO:
            Que mediante Resolución 122 del 7 de abril de 1995, el Instituto de Colonización y Fomento (IAC) de la Provincia de Chubut, adjudico al Sr. Cesar Teodoro Diez, el lote 1 de la Manzana 29 de Puerto Pirámide
            Que por Escritura Pública Nº133/98 del I.A.C el mencionado confiere Poder especial a favor del Sr. Santiago Mugica.
              Que por actuación Nº 1098/98 del I.A.C el Sr. Santiago Mugica solicita autorización para transferir todos los derechos, acciones y mejoras que posee sobre el referido lote.
                Que por Resolución Nº255 del I.A.C de fecha 19/11/98, se concedió anuencia previa al  Sr. Diez para que transfiera  los derechos y mejoras que tiene y le pertenecen a favor del Sr. Mugica por el mencionado inmueble.
               Que en fecha 1 de septiembre de 1998, el Sr. Teodoro Diez, cede y tranfiere a favor del Sr. Santiago Mugica, todos los derechos y acciones que tenia y le correspondía sobre el lote 1 de le Manzana 29 de esta localidad.
                Que la documentación presentada lo acredita como legitimo titular de dicha fracción de tierra y acredita integro de las obligaciones a su cargo.
             Que del análisis de la documentación aportada por el vecino, obrante en el expediente del visto, no surgen observaciones para acceder a lo solicitado.
             Que corresponde a este Concejo Deliberante de acuerdo a las normas administrativas vigentes, resolver sobre el particular.
POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE

LA LOCALIDAD DE PUERTO PIRÁMIDES

SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Autorizar  al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar en favor del Sr. Santiago Mugica   Documento Nacional de Identidad Nº 12.946.102 o a quien este designe en el futuro, la escritura traslativa de dominio del inmueble individualizado como Lote 1 de la Manzana 29 de esta ciudad.



ARTICULO 2º: El beneficiario deberá abonar todos los gastos y honorarios que demande la escritura traslativa de dominio, como así también los impuestos y tasas que adeudare.

ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación. Publíquese. Cumplido. –Archívese.-

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