martes, 21 de junio de 2016

Ordenanza Nº 597 Estacionamiento Medido








Puerto Pirámides, 28 de agosto de 2015


ORDENANZA Nº 597/15 C.D.P.P.

VISTO:

             La necesidad de organizar el estacionamiento en época estival en nuestra localidad.

CONSIDERANDO:

             Que es necesario organizar el estacionamiento en las calles 14 de Julio, Alberto Barceló, Mario Abel Amaya y Elbio Ángel Bel.

           Que las calles referidas en el considerando anterior en temporada estival, se congestionan con gran cantidad de vehículos y peatones.

          Que es necesario implementar un sector de Estacionamiento y lograr descongestionar algunos lugares mencionados.

         Que este Concejo Deliberante en su momento había determinado por Ordenanza, el destino del predio denominado “Los Piletones” en la Manzana 41 como estacionamiento exclusivo de vehículos denominados motorhome.

         Que de los vehículos motorhome generan deshechos, líquidos y residuos que afectan el medio ambiente, pudiendo contaminar la toma de agua de la planta desalinizadora y potabilizadora de nuestra localidad.

         Que corresponde a éste Concejo Deliberante entender en materia de transito y estacionamiento de calles y caminos de jurisdicción Municipal.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE  DE LA
LOCALIDAD DE PUERTO PIRAMIDES
SANCIONA LA SIGUIENTE
                                                       ORDENANZA

ARTICULO 1:  Deróguense en todos sus términos, las Ordenanzas Nº 316/07, Nº 527/12 y la Ordenanza Nº552/13 que establece el estacionamiento y motorhome en la zona denominada “Los Piletones” de la Manzana  41 de la localidad Puerto Pirámides.

ARTICULO 2: Establecer en la zona denominada en el horario el horario de 08 hs a 20 hs

ARTICULO 3: La tarifa es de 2,4 módulos Municipales diario, lo recaudado es para pagos de carteleria de transito, y solventar gastos de personal encargado del lugar.

ARTICULO 4: Se faculta al Departamento Ejecutivo a reglamentar la presente Ordenanza.

ARTICULO 5: Regístrese.  Comuníquese.  Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación.  Publíquese.  Cumplido.  – Archívese.-



                                                                                                                                                                                            


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