martes, 21 de junio de 2016

Ordenanza Nº 592 Escritura Traslativa Orlando Cuart










Concejo Deliberante
  Puerto Pirámides
      CHUBUT



Puerto Pirámides,  11 de mayo de 2015 .-

ORDENANZA Nº 592/15 C.D.P.P.

VISTO:
             La nota y el Proyecto de Ordenanza presentada por el Ejecutivo Municipal para la escrituración del lote 3 de la Manzana 31, propiedad del Sr. Orlando Gabriel Cuart.
CONSIDERANDO:
             Que la documentación presentada lo acredita como adjudicatario de dicha fracción de tierra.
             Que originalmente el I.A.C. adjudico al Sr. Néstor Nahuelcura el mencionado lote. Posteriormente en fecha 30/01/15, el Sr. Nahuelcura  transfiere a titulo de venta mediante Boleto de Compraventa el mencionado lote a favor del Sr. Orlando Gabriel Cuart, conforme copia de boleto de compraventa suscripto por las partes con firmas certificadas.
              Que del análisis de la documentación aportada por el vecino, obrante en el expediente del visto, no surgen observaciones para acceder a lo solicitado.
             Que corresponde a este Concejo Deliberante de acuerdo a las normas administrativas vigentes, resolver sobre el particular.


POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE

LA LOCALIDAD DE PUERTO PIRÁMIDES

SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar al  la Sr. Orlando Gabriel Cuart  Documento Nacional de Identidad Nº 18.140.550  o a quien este designe en el futuro, la escritura traslativa de dominio del inmueble individualizado como Lote 3 de la Manzana 31 de esta ciudad.
ARTICULO 2º: El beneficiario deberá abonar todos los gastos y honorarios que demande la escritura traslativa de dominio, como así también los impuestos y tasas que adeudare.
ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su promulgación. Publíquese. Cumplido. –Archívese.-



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