jueves, 28 de abril de 2016

Ordenanza Número 551 Contratación Guardavidas.

Concejo Deliberante
     Puerto Pirámides
         CHUBUT
                                                                                                                                                 
      

                                                                        Puerto Pirámides, 20 de diciembre de 2013

ORDENANZA Nº 551/13  C.D.P.P.

VISTO:

             La Resolución N° 850/13, elevada por el Ejecutivo Municipal.

CONSIDERANDO:

             Que en la misma se solicita la autorización de éste Concejo Deliberante para la contratación de seis (6) guardavidas.

                 Que dicha solicitud se hace en función de poder implementar una asignación no remunerativa especial de MIL DOSCIENTOS PESOS ($1.200) y otra de TRES MIL OCHOCIENTOS PESOS ($3.800) por actividad riesgosa.

              Que el Ejecutivo Municipal eleva los formatos de contratos correspondientes para ser evaluados y aprobados.

POR ELLO

EL CONCEJO DELIBERANTE DE

LA LOCALIDAD DE PUERTO PIRAMIDES

SANCIONA LA SIGUIENTE

O R D E N A N Z A


ARTICULO Nº 1: Aprobar la contratación de seis guardavidas, asignándole la categoría 5 del escalafón del Municipal DE Planta Temporal, aplicándoles el adicional no remunerativo de $1.200  y un adicional no remunerativo especial por actividad riesgosa de $3.800.

ARTICULO Nº 2 : Exceptuar a los guardavidas contratados de cualquier aumento que se decida para el ejercicio 2014 en relación a la remuneraciones y a las asignaciones no remunerativas de losa distintos sectores del Municipio de Puerto Pirámides.

ARTICULO Nº3: Aprobar el formato de contrato para los guardavidas.

ARTICULO Nº4: El gasto que demande se imputaran a la partidas presupuestarias de sueldos correspondientes al SECTOR  1020.

ARTICULO Nº5: Regístrese. Comuníquese. Pase al Departamento Ejecutivo para su comunicación y futura promulgación. Publíquese. Cumplido. Archívese.
        





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